Por Ing. Carlos Lozada
La semana pasada dedicábamos este espacio a una reflexión profunda sobre nuestro entorno en Carache y la urgencia de cuidar nuestro paisajismo e identidad urbana. Hoy, continuando con ese compromiso de escrutar el desarrollo local, nos convoca un tema de estricta pertinencia técnica y administrativa: la inspección y ejecución de obras por parte del Poder Popular.
La motivación de estas líneas surge a raíz de una noticia reciente publicada en este mismo medio, titulada: "Habitantes de Mesa Abajo continúan esperando respuestas sobre irregularidades del asfaltado". Más allá del caso puntual, lo que verdaderamente llama la atención —y debe encender las alarmas ciudadanas— es el aspecto técnico que subyace en este tipo de proyectos, como por ejemplo, el cálculo teórico y práctico de la cantidad de asfalto a colocar, el espesor de la capa rodante, la compactación y la calidad de los agregados.
Las grandes interrogantes del día a día
Ante situaciones donde los resultados distan de lo prometido, es imperativo plantearnos preguntas incómodas pero necesarias:
¿Saben realmente los miembros de los consejos comunales encargados de las comisiones técnicas y de contraloría social qué deben inspeccionar?
¿Cuentan con la asesoría profesional adecuada durante la ejecución?
¿Quién asume la responsabilidad civil, penal y administrativa por la buena o mala ejecución de una obra financiada con recursos públicos?
¿Se están cumpliendo rigurosamente las normas técnicas vigentes?
El marco legal y el respaldo técnico: Un derecho y un deber
Hace unos años atrás, la praxis de los consejos comunales contemplaba de manera más fluida la contratación de personal técnico especializado (ingenieros residentes, inspectores) tanto para la formulación y elaboración de los proyectos como para la inspección imparcial de la ejecución.
Los recursos financieros para el pago honorario de estos profesionales provenían del mismo presupuesto aprobado para la obra, garantizando así que la ciencia y la técnica no quedaran a expensas de la improvisación.
Nuestra legislación es clara en este sentido. El marco jurídico venezolano establece con precisión los mecanismos de contratación, ejecución y fiscalización:
• Ley Orgánica de los Consejos Comunales (LOCC): Establece en sus disposiciones la obligación de rendir cuentas, la articulación para la gestión de recursos y la conformación de los comités de trabajo. Específicamente, en materia de contraloría, la Contraloría Social tiene la atribución legal de vigilar, supervisar, evaluar y controlar la ejecución de los proyectos comunitarios (Artículos relativos a la Contraloría Social y gestión financiera).
• Ley Orgánica de Contraloría Social: Otorga a los ciudadanos y a las organizaciones de base las herramientas jurídicas para ejercer el control sobre la gestión pública y los recursos destinados a obras, garantizando la transparencia.
• Normas de Contratación Pública (Ley de Contrataciones Públicas y normativas del sistema de financiamiento comunal): Establecen que toda obra civil, vialidad o infraestructura requiere memorias descriptivas, cómputos métricos exactos, presupuestos base, especificaciones técnicas y, de forma obligatoria, un inspector de obra acreditado que firme actas de inicio, valuaciones y acta de recepción definitiva.
Cumplir con estos parámetros establecidos en la ley garantiza tres pilares fundamentales:
1. Un proyecto acorde a los requerimientos reales de la comunidad.
2. Una correcta inspección técnica en la ejecución.
3. Una gestión transparente, reflejada en una rendición de cuentas ajustada estrictamente a la legalidad.
Desconocimiento no es sinónimo de dolo, pero genera fallas
El problema central que vislumbramos no radica necesariamente en la mala fe o en la intención deliberada de malversar fondos. Con frecuencia, el trasfondo de estas irregularidades es la falta de formación administrativa y técnica. El desconocimiento de los procedimientos, de las normativas de ingeniería y de las leyes de contratación conduce inexorablemente a una mala gestión administrativa.
Una comunidad desinformada sobre cómo cubicarse un metro cúbico de material, cómo verificar el rendimiento de una mezcla asfáltica o cómo exigir un ensayo de laboratorio, queda vulnerable ante la ineficiencia.
Un llamado ciudadano a la formación
Hago un llamado ciudadano y consciente a los miembros de los consejos comunales, y por extensión a toda la ciudadanía de Carache: es momento de prepararnos en el estudio de la normativa legal y técnica.
Las obras que se ejecutan en nuestros sectores no son favores políticos; son inversiones de recursos públicos que pertenecen a todos. Exigir calidad, exigir la presencia de ingenieros inspectores capacitados y ejercer una contraloría social fundamentada en el conocimiento no es entorpecer el trabajo comunal, es garantizar que el esfuerzo colectivo se traduzca en verdadero bienestar y desarrollo duradero para nuestras comunidades.
miércoles, 19 de agosto de 2026
#DesdeElTrapiche | INSPECCIÓN, CONTRALORÍA Y TÉCNICA EN LAS OBRAS DE LOS CONSEJOS COMUNALES
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